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Corte de Apelaciones de La Serena confirma medida cautelar real de imputado por fraude al fisco

La Corte de Apelaciones de La Serena confirmó la resolución que dejó sujeto a la medida cautelar real de prohibición de celebrar actos y contratos sobre bienes inmuebles y muebles a Pablo Antonio Bracchitta Krustulovic, imputado por el Ministerio Público como autor del delito de fraude al fisco, en el marco de la compra de terrenos con recursos del Gobierno Regional de Coquimbo. Ilícito que habría perpetrado en 2019.

En fallo unánime, la Segunda Sala de tribunal de alzada –integrada por las ministras Gloria Negroni Vera, Carolina Vásquez Epuñán y la abogada (i) Elvira Badilla Poblete– rechazó el recurso de apelación deducido por la defensa del imputado en contra de lo resuelto por el Juzgado de Garantía de La Serena.

“Que, en cuanto al fondo, a partir del mérito de los antecedentes y lo expuesto por los intervinientes en audiencia, comparten estas sentenciadoras los criterios del juez a quo en la resolución que en esta sede se revisa, en cuanto por ella se dan por cumplidos los requisitos de los artículos 279, 287, 290 y 298 del Código de Procedimiento Civil, en relación con el artículo 157 del Código Procesal Penal, teniéndose presente además que las alegaciones de la querellada corresponden, en lo medular, a cuestiones de fondo que deberán ser objeto de debate y resolución en la etapa procesal respectiva y que las medidas cautelares reales dispuesta resultan proporcionales en relación al monto supuestamente defraudado”, consigna la resolución. 

Por tanto, se resuelve que: “SE CONFIRMA la resolución de uno de octubre de dos mil veinticuatro, dictada por el Juzgado de Garantía de La Serena, que decretó la medida cautelar real del artículo 290 N° 4 del Código de Procedimiento Civil, respecto de bienes del imputado Pablo Antonio Bracchitta Krustulovic”. 

Tras la comunicación de lo resuelto, la ministra Gloria Negroni informó que, en la causa: “Se confirmó la resolución que dio lugar a la cautelar real respecto de bienes de uno de los querellados, específicamente Antonio Bracchitta Krustulovic, dado todos los argumentos que se esgrimieron tanto en la resolución recurrida como los planteados por el Consejo de Defensa del Estado, el Servicio de Impuestos Internos y el Ministerio Público, por lo tanto, se confirmó dicha resolución conforme a la normativa que establece el Código de Procedimiento Civil respecto de esta materia, como el Código Procesal Penal”. 

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