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CORTE DE LA SERENA RECHAZA RECURSO DE PROTECCIÓN DE FUNCIONARIOS DEL INDAP REGIONAL POR TRABAJO PRESENCIAL

La Corte de Apelaciones de La Serena rechazó el recurso de protección deducido en contra del Instituto de Desarrollo Agropecuario, Indap, que buscaba limitar la asistencia de los funcionarios a sus lugares de trabajo en la dirección regional y agencias comunales, por el período que dure la pandemia de coronavirus.

En fallo unánime (causa rol 441-2020), la Segunda Sala del tribunal de alzada –integrada por los ministros Marta Maldonado, Christian Le-Cerf y Caroline Turner– rechazó la acción cautelar presentado por la dirigente gremial Tonya Romero Rojas, tras descartar actuar ilegal o arbitrario de la recurrida.

«(…) conforme los antecedentes expuestos por el recurrido de la controversia planteada, el Director Nacional de INDAP dictó la Resolución Exenta N° 039516 el 16 de marzo de 2020, estableciendo la modalidad de trabajo remoto para funcionaros de riesgo por COVID-19, la suspensión de cometidos fuera de la región y de las capacitaciones y limitaciones de las visitas a los predios de los agricultores a casos de suma urgencia, ampliación de tele trabajo a otros funcionarios, manteniendo la función pública del servicio”, sostiene el fallo.

“Luego, y por Resolución Exenta N° 042396, de 20 de marzo de 2020, se estableció un plan de contingencia por COVID-19, que incluye lineamientos y directrices para la organización del trabajo, entre otros, establece de forma extraordinaria que el personal debe cumplir sus funciones mediante trabajo remoto desde sus domicilios”, agrega.

Para la Corte de Apelaciones: “De esta forma la Dirección Nacional por Resolución Exenta Nº042492 de fecha 22 de marzo, aprobó a partir de dicha fecha, para la Dirección Regional de Coquimbo, entre otras regiones, un Plan de Contingencia, protocolo regional que considera las medidas pertinentes para la realización de los procesos críticos identificados en el Plan de Contingencia COVID-19, por lo que un total de 16 funcionarios se mantienen en las oficinas de la Dirección Regional y las áreas de La Serena, Ovalle, Illapel y Combarbalá, con una jornada presencial de 4 horas diarias, en turnos rotativos”.

“(…) por último, lo que solicita el reclamante es, en definitiva, que esta Corte a través de su decisión se inmiscuya en facultades propias de la autoridad administrativa algo cuestionable y sin justificación, en este caso, toda vez que dicen relación con la adopción de políticas públicas para enfrentar la contingencia sanitaria, materias propias del Poder Ejecutivo, excediendo los fines propios de esta excepcional acción cautelar”, añade.

Por tanto, se resuelve que: “SE RECHAZA, sin costas, el recurso de protección deducido en estos antecedentes por Tonya Tatiana Romero Rojas, dirigente gremial de ANFI Coquimbo, en contra del Instituto de Desarrollo Agropecuario”.

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